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¿Se pueden reclamar las pérdidas sufridas como consecuencia de la pandemia?

Los sectores industriales y comerciales cuyos negocios se hayan visto mermados o hayan sufrido importantes pérdidas en sus ingresos, como consecuencia de la pandemia y de las medidas impuestas de cierre y limitación total o parcial de los establecimientos y las actividades que en ellos desarrollan, tienen la posibilidad de reclamar, ya sea frente a la Administración Pública, ya sea frente a sus compañías de seguros, una indemnización por los daños y perjuicios que se les haya ocasionado.

¿Quién puede reclamar?

Como decimos, podrán ejercitar acciones de reclamación todos aquellos negocios o empresas de los sectores que hayan sido afectados gravemente por las medidas adoptadas por la Administración Pública y por los efectos de la pandemia: hostelería (bares, cafeterías, restaurantes, hoteles, catering, etc.), estaciones de servicio, gimnasios, concesionarios de automóviles, apartamentos turísticos, etc.

¿Qué acciones/reclamaciones pueden articularse?

Es posible ejercitar, sin perjuicio de un análisis previo de cada caso particular, dos tipos de acciones:

1.      Acción Administrativa de reclamación patrimonial contra la Administración Pública (ya sea estatal o autonómica), en reclamación de una indemnización por los daños y perjuicios acreditados que las decisiones adoptadas por el gobierno (estatal y/o autonómico) haya causado en los respectivos negocios.

2.      Acción civil frente a las compañías aseguradoras. En estos casos,  siempre que la sociedad o negocio tenga suscrita una póliza que cubra específicamente la “pérdida de beneficios”, podrá reclamarse una indemnización a tal efecto, puesto que la negativa o exclusión alegada por las distintas compañías de seguro no tendría aplicación por considerase nula y limitativa de los derechos del asegurado.

¿Qué coste supone el ejercicio de estas acciones?

Desde SANGUINO ABOGADOS somos conscientes de las dificultades que atraviesan estos sectores, y por ende, hemos articulado unos precios asequibles por los servicios profesionales que permitan a cualquier damnificado acceder y obtener la tutela judicial efectiva que le corresponde, y que les presentamos a continuación:

  • Primera consulta y examen de viabilidad: gratuita.
  • Para poner en marcha y desarrollar la tramitación de reclamación administrativa o la reclamación civil: 200 € más I.V.A. (cada acción).
  • En el caso que se lograse la estimación o la obtención de la indemnización pretendida, se fijan unos honorarios variables del 18% más I.V.A. sobre la cantidad indemnizatoria o cualquier otro perciba el reclamante.

 

Sanguino Abogados pone a su entera disposición a nuestro equipo de profesionales que le ayudarán a defender sus intereses, con la mayor atención y solvencia posible.