Sanguino Abogados.

A partir del 1 de octubre de 2021 se incrementan los importes de las sanciones que se contienen en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

La publicación, el pasado 10 de julio de 2021, de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia (BOE nº 164) ha sido aprovechada para incluir en su Disposición Final Primera la modificación del artículo 40 de la LISOS, introduciendo una importante subida de las cuantías por sanciones en materia de empleo, relaciones laborales y prevención de riesgos laborales.

Así, a modo de ejemplo, pueden señalarse los siguientes incrementos:

  • Sanciones en materia de relaciones laborales y empleo, seguridad social, emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros:

Leves: pasan a cuantías entre 70 y 750 euros (antes entre 60 y 625 euros).

Graves: pasan a cuantías entre 751 y 7.5000 euros (antes entre 626 y 6.250 euros).

Muy graves: pasan a cuantías entre 7.501 y 225.018 euros (antes 6.251 y 187.515 euros).

 

  • Sanciones en materia de prevención de riesgos laborales:

Leves: pasan a cuantías entre 45 y 2.450 euros (antes entre 40 y 2.045 euros).

Graves: pasan a cuantías entre 2.451 y 49.180 euros (antes entre 9.831 y 40.985 euros).

Muy graves: pasan a cuantían entre 49.181 y 983.736 euros (antes entre 40.986 y 819.780 euros).

 

La revalorización del importe de las sanciones equivale en términos generales a un 20% respecto de las cuantías establecidas anteriormente.

Los expedientes ya iniciados y las infracciones producidas con anterioridad al 1 de octubre de 2021 no se verán afectadas por las nuevas cuantías, sancionándose conforme al régimen anterior.

El Departamento de Derecho Laboral y de la Seguridad Social se encuentra a su disposición para resolver cualquier duda sobre el contenido de la presente.