Asesoramos a aquellas compañías que, en virtud de su actividad, pueden acogerse a este incentivo tributario, que está previsto en la Ley de Impuesto de Sociedades, y que puede suponer una minoración de hasta el 60% de la renta neta procedente de la cesión de uso o de la transmisión de un activo intangible, tales como patentes, modelos de utilidad, certificados complementarios de protección de medicamentos y de productos fitosanitarios, dibujos y modelos legalmente protegidos, que deriven de actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, y software avanzado registrado que derive de actividades de investigación y desarrollo.

Además, este incentivo es compatible con otras ayudas y con deducciones fiscales por I+D+i.

El Patent Box se ha visto reforzado por las novedades introducidas por la Ley de Apoyo a los Emprendedores y es aplicable, incluso, para empresas de un mismo grupo.

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