Nuevas posibilidades para que los afectados por el impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Tras los autos del Tribunal Supremo que no aprecian vulneración de la normativa comunitaria y la posterior resolución del Tribunal Constitucional manifestando la procedencia del referido impuesto conforme a nuestra Carta Magna, parecía que eran escasos los visos de que fructificara la devolución de este tributo. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, mediante auto de 22 de febrero de 2019, ha elevado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea al considerar que, a pesar de los pronunciamientos existentes, existen indicios más que suficientes de que el IVPEE podría ser contrario a la normativa comunitaria.

El auto argumenta los motivos por los que entiende que el tributo tiene carácter de impuesto indirecto, a pesar de lo que se indica en la normativa que regula el mismo, lo que unido a la inexistencia de una finalidad extra fiscal (y es que de la estructura del impuesto no se detrae que tenga una finalidad medioambiental) harían que el IVPEE fuera contrario a la normativa de la Unión Europea sobre fiscalidad indirecta. Desde SANGUINO ABOGADOS aconsejamos que se proceda a interrumpir la prescripción para obtener la devolución del impuesto mediante la presentación de solicitudes de rectificación y devolución de ingresos indebidos, a la espera de que tengamos un pronunciamiento definitivo sobre la presente cuestión.